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Publicat a El País, edició Catalunya, 13 de marzo de 2008.

El gran dominio que los temas identitarios y de configuración estatal tienen en las culturas mediáticas y políticas de nuestro país (a costa de los temas sociales) explica que mientras los medios de información y persuasión (incluido EL PAIS) dieron durante el periodo electoral gran atención a la independencia de Kosovo y su relevancia para España, tales medios ignoraron otro hecho ocurrido en Europa cuyas implicaciones para la calidad de vida de los catalanes y españoles puede incluso ser superior. Veamos: El año pasado un tema que ocupó gran espacio mediático tanto en Europa como en España fue el rechazo por parte del Parlamento Europeo de la propuesta del Partido Popular Europeo (del cual el PP español forma parte) de la directiva Bolkestein, la cual tenía como objetivo “establecer un marco jurídico que suprima los obstáculos a la libre circulación de los servicios entre los estados miembros de la Unión Europea”. Esta directiva incluía el “principio de país de origen” el cual permitía que una empresa polaca que trabajara en España, por ejemplo, pudiera pagar a sus trabajadores salarios polacos, en lugar de salarios españoles. Es decir, que las condiciones laborales serían las del país de origen de la empresa en lugar del país de residencia y trabajo. Tal propuesta tuvo la oposición primordialmente del Partido Socialista Europeo (al cual pertenece el PSOE) y de la Izquierda Unitaria Europea (a la cual pertenece IU) así como de la Federación Europea de Sindicatos (a la cual pertenecen los dos sindicatos mayoritarios en España, UGT y CCOO). La aprobación de la directiva Bolkestein hubiera significado un descenso muy notable de los salarios y un debilitamiento muy sustancial de los sindicatos en los países miembros de la UE incluyendo España. Fue una victoria de las fuerzas progresistas europeas que tal directiva se rechazara por parte del Parlamento Europeo. Hasta aquí la noticia conocida. Ahora, la ignorada: En un fallo del pasado 18 de diciembre, el Tribunal Supremo de Justicia de la UE, máximo intérprete del Derecho Comunitario, posibilita de facto el derecho de una empresa extranjera a pagar a sus trabajadores los salarios del lugar de origen en lugar del de trabajo. Es más, tal Tribunal penalizó a los sindicatos por oponerse a ello. Todo ello ocurrió en el país de la UE donde los sindicatos son más fuertes: Suecia. En aquel país, una empresa constructora de Letonia estaba construyendo una escuela en la región urbana de Estocolmo conocida como Walxholm, gobernada por un gobierno local conservador-liberal. Tal empresa pagaba a sus trabajadores salarios mucho más bajos que los existentes en el sector de la construcción en la región de Estocolmo donde los salarios están regulados por los convenios colectivos entre los sindicatos y la patronal del sector. El argumento utilizado por la empresa letona era que sus trabajadores eran letones y no suecos y por lo tanto debían regirse según los convenios colectivos letones y no suecos. Es más -añadía la empresa letona- ella no estaba desobedeciendo las leyes suecas pues los convenios colectivos no son leyes en Suecia. Los sindicatos suecos se opusieron y tras una movilización (que contó con amplio apoyo popular) forzó el cierre de tal empresa. Ésta, llamada Laval (de ahí que el caso se llame caso Laval) llevó su caso a los tribunales llegando, por fin, hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la máxima autoridad en la interpretación del derecho de la UE, el cual resolvió las cuestiones prejudiciales planteadas dictaminando que según el derecho comunitario, la empresa letona no estaba violando ninguna ley sueca, y fallaba contra los sindicatos por “haber restringido la libre prestación y movilidad de servicios”. Los fallos de la Corte Suprema afectan a todos los países miembros de la UE, de ahí, que tal como ha indicado la Confederación de Sindicatos Europeos tal fallo es un ataque frontal a los sindicatos de toda Europa y tendrá efectos muy negativos para el proceso de negociación colectiva, no sólo en Suecia sino en toda la Unión Europea. De ahí que tal decisión ha creado un gran debate y protesta en muchos países de la Unión Europea. No así en España. Ningún diario español ha informado de tal hecho.

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Publicado en El País, edición Cataluña, 13 de marzo de 2008.El gran dominio que los temas identitarios y de configuración estatal tienen en las culturas mediáticas y políticas de nuestro país (a costa de los temas sociales) explica que mientras los medios de información y persuasión (incluido EL PAIS) dieron durante el periodo electoral gran atención a la independencia de Kosovo y su relevancia para España, tales medios ignoraron otro hecho ocurrido en Europa cuyas implicaciones para la calidad de vida de los catalanes y españoles puede incluso ser superior. Veamos: El año pasado un tema que ocupó gran espacio mediático tanto en Europa como en España fue el rechazo por parte del Parlamento Europeo de la propuesta del Partido Popular Europeo (del cual el PP español forma parte) de la directiva Bolkestein, la cual tenía como objetivo “establecer un marco jurídico que suprima los obstáculos a la libre circulación de los servicios entre los estados miembros de la Unión Europea”. Esta directiva incluía el “principio de país de origen” el cual permitía que una empresa polaca que trabajara en España, por ejemplo, pudiera pagar a sus trabajadores salarios polacos, en lugar de salarios españoles. Es decir, que las condiciones laborales serían las del país de origen de la empresa en lugar del país de residencia y trabajo. Tal propuesta tuvo la oposición primordialmente del Partido Socialista Europeo (al cual pertenece el PSOE) y de la Izquierda Unitaria Europea (a la cual pertenece IU) así como de la Federación Europea de Sindicatos (a la cual pertenecen los dos sindicatos mayoritarios en España, UGT y CCOO). La aprobación de la directiva Bolkestein hubiera significado un descenso muy notable de los salarios y un debilitamiento muy sustancial de los sindicatos en los países miembros de la UE incluyendo España. Fue una victoria de las fuerzas progresistas europeas que tal directiva se rechazara por parte del Parlamento Europeo. Hasta aquí la noticia conocida. Ahora, la ignorada: En un fallo del pasado 18 de diciembre, el Tribunal Supremo de Justicia de la UE, máximo intérprete del Derecho Comunitario, posibilita de facto el derecho de una empresa extranjera a pagar a sus trabajadores los salarios del lugar de origen en lugar del de trabajo. Es más, tal Tribunal penalizó a los sindicatos por oponerse a ello. Todo ello ocurrió en el país de la UE donde los sindicatos son más fuertes: Suecia. En aquel país, una empresa constructora de Letonia estaba construyendo una escuela en la región urbana de Estocolmo conocida como Walxholm, gobernada por un gobierno local conservador-liberal. Tal empresa pagaba a sus trabajadores salarios mucho más bajos que los existentes en el sector de la construcción en la región de Estocolmo donde los salarios están regulados por los convenios colectivos entre los sindicatos y la patronal del sector. El argumento utilizado por la empresa letona era que sus trabajadores eran letones y no suecos y por lo tanto debían regirse según los convenios colectivos letones y no suecos. Es más -añadía la empresa letona- ella no estaba desobedeciendo las leyes suecas pues los convenios colectivos no son leyes en Suecia. Los sindicatos suecos se opusieron y tras una movilización (que contó con amplio apoyo popular) forzó el cierre de tal empresa. Ésta, llamada Laval (de ahí que el caso se llame caso Laval) llevó su caso a los tribunales llegando, por fin, hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la máxima autoridad en la interpretación del derecho de la UE, el cual resolvió las cuestiones prejudiciales planteadas dictaminando que según el derecho comunitario, la empresa letona no estaba violando ninguna ley sueca, y fallaba contra los sindicatos por “haber restringido la libre prestación y movilidad de servicios”. Los fallos de la Corte Suprema afectan a todos los países miembros de la UE, de ahí, que tal como ha indicado la Confederación de Sindicatos Europeos tal fallo es un ataque frontal a los sindicatos de toda Europa y tendrá efectos muy negativos para el proceso de negociación colectiva, no sólo en Suecia sino en toda la Unión Europea. De ahí que tal decisión ha creado un gran debate y protesta en muchos países de la Unión Europea. No así en España. Ningún diario español ha informado de tal hecho.

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